Verica Trstenjak, abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha sido tajante con su dictamen: el canon digital que se aplica en España es ilegal. Trstenjak pone en duda el canon que se aplica en España para compensar a los titulares de la propiedad intelectual como respuesta a la consulta realizada por la Audiencia de Barcelona sobre la idoneidad de la legislación española relativa al canon y de este modo poder pronunciarse sobre el proceso judicial abierto que enfrenta a la SGAE con la empresa Padawan.
En palabras de la abogada:
Un sistema nacional que prevé la aplicación de un canon por copia privada a todos los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital de forma indiscriminada (como ocurre en España) no es compatible con la normativa comunitaria.
Además hace especial hincapié en que:
Para ajustarse a la ley, este tipo de tasa —recaudada a favor de autores, artistas y productores— en ningún caso puede cobrarse indiscriminadamente a empresas y profesional que claramente adquieran los aparatos y soportes materiales para otras finalidades ajenas a la copia privada.
La SGAE reclamó a la empresa Padawan el pago de una compensación por importe de 16.759,25 euros, correspondiente a los dispositivos de almacenamiento (CD-R, CD-RW, DVD-R y aparatos de MP3) comercializados por Padawan entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004.
Las conclusiones de la abogada general, aunque no vinculan al Tribunal de Justicia, se posicionan pues en favor de la empresa Padawan. De todos modos la Audiencia de Barcelona tendrá la última palabra en el proceso.
La legislación española permite la reproducción para uso privado, sin autorización del autor, de obras ya divulgadas y el canon solo debería aplicarse en esos equipos y materiales que se fueran a usar para la realización de copias privadas y no en todos los casos.